Micelio

Artículo 1

Del Decreto Nacional Extraordinario Número 1646 De 19 De Mayo Último, Decreta:

Decreto 2946 de 1948 · Por el cual se aprueba el número 634 de 7 de junio del presente año dictado por el Gobernador de Cundinamarca

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Apruébase el Decreto número 634 de 7 del mes de junio, dictado por el Gobernador del Departamento de Cundinamarca, que a la letra dice: "DECRETO NUMERO 634 DE 1948 (JUNIO 7) por el cual se reorganiza una Sección de Asistencia Social. El Gobernador de Cundinamarca, en uso de sus atribuciones legales, y especialmente las que le confiere el artículo 1° del Decreto Nacional extraordinario número 1646 de 19 de mayo último, DECRETA:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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