Micelio

Artículo 3

La Dirección Del Nivel Local Regionalizado Será Ejercida Por El Director Del Hospital Sede Correspondiente

Decreto 708 de 1974 · Por el cual se establece la organización administrativa de Nivel Local Regionalizado del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La dirección del Nivel Local Regionalizado será ejercida por el Director del Hospital sede correspondiente.

Parágrafo

El Jefe del Nivel Local Regionalizado deberá ser nombrado de conformidad con las disposiciones del Decreto 654 de 1974.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 708 de 1974