Micelio

Artículo 1

º Prorrógase Hasta El 20 De Marzo Del Presente Año, La Orden De Toque De Queda Y De Restricción Del Expendio De Bebidas Alcohólicas En Los Municipios De Apartadó, Chigorodó, Turbo Y Carepa En El Departamento De Antioquia, Que Fue Dispuesta Por Decreto 191 De 1994, Modificado Por Decretos 271 Y 350 De 1994, En Los Horarios Previstos En Este Último Decreto

Decreto 447 de 1994 · por el cual se prorroga la vigencia de ordenes contenidas en el Decreto 191 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Prorrógase hasta el 20 de marzo del presente año, la orden de toque de queda y de restricción del expendio de bebidas alcohólicas en los Municipios de Apartadó, Chigorodó, Turbo y Carepa en el Departamento de Antioquia, que fue dispuesta por Decreto 191 de 1994, modificado por Decretos 271 y 350 de 1994, en los horarios previstos en este último decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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