º La adjudicación de la "Estrella de la Policía" será certificada por medio de un diploma firmado por el Ministro de Guerra, el Comandante de las Fuerzas Armadas y el Comandante de las Fuerzas de Policía, con la siguiente leyenda: "República de Colombia - Ministerio de Guerra - Fuerzas de Policía. En nombre del Presidente de Colombia, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, concédese la Orden "Estrella de Policía", en la categoría de .... al señor ..... (Fecha y firmas)".
Cuando se trate de la adjudicación de la "Gran Estrella Cívica", en la categoría de "Ordinaria", el diploma irá firmado por el Ministro de Guerra, el Comandante de las Fuerzas Armadas y el Comandante de las Fuerzas de Policía; su texto será: "El Presidente de Colombia en nombre de la República, otorga la "Gran Estrella Cívica" en la categoría de "Ordinaria" al señor .... (Fecha y firmas)".
Cuando se trate de la adjudicación de la "Gran Estrella Cívica Extraordinaria" al señor Presidente de la República, el diploma irá firmado por el Ministro de Guerra, el Comandante de las Fuerzas Armadas y el Comandante de las Fuerzas de Policía; su texto será: "Concédese la "Gran Estrella Cívica Extraordinario" de la Orden de la Estrella de la Policía, al Excelentísimo señor Presidente de la República.... (Fecha y firmas)".
Todo diploma será refrendado por el Secretario del Consejo y de la Orden y llevará en el centro, dibujado al anverso de la venera, y repartido a los dos lados, la leyenda: "Orden de la "Estrella de la Policía".