º Apruébanse los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, adoptados por su Junta Administradora, y que son del tenor siguiente: ACUERDO NUMERO 004 DE 1964 (julio 1.º) La Junta Administradora del Instituto Nacional de Radio y Televisión, en uso de 1as facultades legales conferidas por el Decreto número 3267 de 1963, (artículo 30), ACUERDA: Articule único. Adóptanse para el Instituto Nacional de Radio y Televisión, los siguientes estatutos: CAPITULO PRIMERO Naturaleza, objeto, duración y domicilio.
Decreto 1930 de 1964 →Vigente
Artículo 1
Apruébanse Los Estatutos Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión, Adoptados Por Su Junta Administradora, Y Que Son Del Tenor Siguiente: Acuerdo Numero 004 De 1964 (Julio 1
Decreto 1930 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.