º Son funciones de la Comisión de Cocinol
Asesorar al Ministerio de Minas y Energía en la definición de políticas y programas relacionados con la producción, transporte, distribución, comercialización y consumo del combustible líquido CLD denominado Cocinol;
Coordinar con las diferentes entidades gubernamentales la aplicación de políticas, medidas y reglamentaciones relacionadas con las actividades mencionadas;
Recomendar las normas y reglamentos que permitan la racionalización del manejo, destino y uso de este producto;
Estudiar la asignación de los cupos de Cocinol a los distribuidores y expendedores;
Conceptuar, a solicitud del Ministerio, acerca de las quejas y reclamos que se presenten por la infracción de las normas, reglamentos y medidas que regulan el precio, el transporte y la distribución del Cocinol;
Recomendar las medidas de vigilancia y control que deben aplicarse;
Promover ante las autoridades competentes la adopción de medidas tendientes a evitar la utilización fraudulenta del combustible;
Conceptuar, de conformidad con el presente Decreto, sobre las sanciones que haya de imponerse a los infractores;
Las demás que le encomiende el Ministerio, relacionadas con los programas sobre Cocinol.
El Secretario de la Comisión tendrá las funciones que le sean asignadas de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Minas y Energía.