Micelio

Artículo 1

Ley 10 de 1910 · por la cual se legaliza un crédito extraordinario abierto al Departamento de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Legalízase el crédito extraordinario por cincuenta mil pesos ($ 50,000) oro, abierto al Departamento de Guerra, capítulos 47 y 48, artículos 261 Ay 276 A, por Decreto Ejecutivo número 184 de 1910, publicado en el Diario Oficial números 13948 y 13949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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