Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 294, artículo 3040 del Presupuesto Nacional de Gastos vigente, "para sueldos del personal de Instituciones de Higiene Materno-Infantil, Escolar y Dental", que actualmente funcionan en el país o que se funden y que administre o sostenga directamente el Ministerio, en los casos en que sea necesario, según distribución que s hará de acuerdo con las necesidades en el año, $132.408.00. Capítulo 294. Artículo 3040. Clave económica 001. Mensual Anual Ordinal número
Para sueldos del personal del Centro Nacional de Higiene Materno-Infantil de Barranquilla, en el año $ 39.080.00 1 Médico Pediatra que atienda el personal del Servicio de Higiene Infantil y con funciones de Director del Centro $ 580.00 6.960.00 1 Médico Obstetra que atienda el personal del Servicio de Higiene Prenatal 460.00 5.520.00 1 Odontólogo que atienda el personal de los servicios de Higiene Materno Infantil a 380.00 4.560.00 1 Enfermera Jefe, Coordinadora de todos los servicios de enfermería del Centro $ 446.50 5.358.00 4 Auxiliares de Enfermería a $300.00 cada una 1.200.00 14.400.00 1 Encargada del Servicio doméstico en general 100.00 1.200.00 1 Celador de la casa del Centro, encargado del cuidado nocturno y días de fiesta 90.00 ____________ 1.080.00 ___________ Total $ 3.256.50 ____________ 39.078.00 ___________ Capítulo 294. Artículo 3040. Clave económica 001. Ordinal número
Para sueldos del personal del Centro Nacional de Higiene Materno-Infantil de Bucaramanga, en el año 43.716.00 1 Médico Pediatra que atienda el personal del servicio de Higiene Infantil y con funciones de Director del Centro 500.00 6.000.00 1 Médico Obstetra que atienda el personal del servicio de Higiene Prenatal 375.00 4.500.00 1 Odontólogo que atienda el personal del servicio de Higiene-Materno-Infantil 380.00 4.560.00 1 Enfermera Jefe Coordinadora de todos los servicios de enfermería del Centro 450.00 5.400.00 6 Auxiliares de enfermería a $300.00 cada una 1.800.00 21.600.00 1 Celadora sirvienta 138.00 ____________ 1.656.00 ___________ Total $ 3.643.00 ____________ 43.716.00 ___________ Capítulo 294. Artículo 3040. Clave económica 001. Ordinal número
Para sueldos del personal de la Sala-Cuna y Jardín Infantil de Bucaramanga, en el año 18.708.00 1 Médico Pediatra que atienda el personal del servicio de Higiene Infantil y con funciones de Director del Centro 380.00 4.560.00 1 Médico Pediatra 330.00 3.960.00 1 Auxiliar de enfermería con funciones de Jefe de todos los servicios de enfermería de la Sala-Cuna 290.00 3.480.00 1 Auxiliar de enfermería 279.50 3.354.00 1 Maestra el Jardín Infantil 279.50 ____________ 3.354.00 ___________ Total $ 1.559.00 ____________ 18.708.00 ___________ Capítulo 294. Artículo 3040. Clave económica 001. Ordinal número
Para sueldos del personal del Centro Nacional Materno-Infantil de Cartagena 30.360.00 1 Médico Pediatra que atienda al personal del servicio de Higiene Materno-Infantil y con funciones de Director del Centro 580.00 6.960.00 1 Médico Obstetra que atienda el personal del servicio de Higiene Prenatal 460.00 5.520.00 1 Odontólogo que atienda el personal de los servicios de Higiene Materno-Infantil 400.00 4.800.00 3 Auxiliares de Enfermería a $300.00 cada una 900.00 10.800.00 1 Encargada del servicio doméstico en general 100.00 1.200.00 1 Celador de la casa del Centro encargado del cuidado nocturno y días de fiesta $ 90.00 ____________ 1.080.00 ___________ Total $ 2.530.00 ____________ 30.360.00 ___________ Capítulo 294. Artículo 3040. Clave económica 001. Ordinal número
Para sueldos del personal de servicio de Maternidad del Hospital "Emiro Quintero Cañizares", de Ocaña 506.00 1 Auxiliar de Enfermería para servicio de Maternidad, a razón de $253.00 durante los meses de enero y febrero de 1959 $ 506.00 ____________ ___________ Total $ 132.368.00 ___________