Distribúyese la partida apropiada en el Capítulo 1102, artículo 11002, proyecto 1 del Presupuesto vigente, y adiciónanse los ordinales del Decreto 421 de 25 de febrero de 1964, "Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales que producen impuesto de peaje, según distribución que hará el Gobierno", así:
Capítulo 1102, artículo 11002, proyecto 1.