Artículo tercero. La Empresa Colombiana de Turismo, S. A., expedirá a favor del Gobierno Nacional, artículos de acciones ordinarias de la Clase "A", por una suma igual al valor de las acciones que traspasa el Gobierno.
Decreto 771 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Decreto 771 de 1959 · Por el cual se traspasa a título de aporte de capital las acciones que posea el Gobierno Nacional en los diferentes hoteles del país, a la Empresa Colombiana de Turismo, S.A
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.