Artículo único. La partida señalada en el artículo 213 del Presupuesto vigente, para atender a los gastos que demanden las Colonias Penales y Agrícolas en el año, y para el montaje de los puentes sobre los ríos Blanco y Negro, que montan la suma de cien mil pesos ($ 100,000) se distribuye así: Para la Colonia Penal y Agrícola de Acacias, en el año $ 89,000 Para el montaje de los puentes sobre los ríos Blanco y Negro, en e l camino que conduce a la Colonia Penal de Acacias y a las Secciones de Amparo, en el año, hasta 11,000 Suma $ 100,000 Comuníquese y publíquese.
Artículo 213
Del Presupuesto Vigente, Para Atender A Los Gastos Que Demanden Las Colonias Penales Y Agrícolas En El Año, Y Para El Montaje De Los Puentes Sobre Los Ríos Blanco Y Negro, Que Montan La Suma De Cien Mil Pesos ($ 100,000) Se Distribuye Así: Para La Colonia Penal Y Agrícola De Acacias, En El Año $ 89,000 Para El Montaje De Los Puentes Sobre Los Ríos Blanco Y Negro, En E L Camino Que Conduce A La Colonia Penal De Acacias Y A Las Secciones De Amparo, En El Año, Hasta 11,000 Suma $ 100,000 Comuníquese Y Publíquese
Decreto 311 de 1928 · Por el cual se distribuye la partida del Presupuesto vigente para Colonias Penales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.