° Son rentas de la Caja: El aporte anual del Estado o auxilio del Tesoro Nacional. Las cuotas personales de inscripción de los afiliados forzosos de la Caja, equivalentes a la tercera parte del primer sueldo mensual que devenguen, y a la tercera parte de sus posteriores aumentos; Las cuotas personales periódicas de los empleados afiliados forzosos de la Caja, equivalentes al tres por ciento (3%) del sueldo mensual que cada uno de ellos devengue; Las cuotas personales periódicas de los obreros afiliados forzosos de la Caja, equivalentes al dos por ciento (2%) del valor mensual de los jornales que cada uno de ellos perciba; El valor de las multas, descuentos y demás sanciones de carácter disciplinario que se impongan a los afiliados forzosos de la Caja, ya sean impuestas directamente por el Ministerio de COMUNICACIONES, O LA Empresa Nacional de Telecomunicaciones, o la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, o el Servicio de Giros y Especies Postales; El producto de las multas que impongan la Caja de Previsión Social de Comunicaciones a sus propios funcionarios, empleados u obreros, de conformidad con sus reglamentos; El producto o utilidades provenientes de las inversiones que haga la Caja con fines de rentabilidad. Los recursos que por disposiciones legales, o por razón de herencias, legados, donaciones, auxilios o subvenciones, se destinan a favor de la Caja; Los interés de los presamos que la Caja haga a sus afiliados, de conformidad con lo dispuesto en los presentes estatutos.
Decreto 2661 de 1960 →Vigente
Artículo 17
Son Rentas De La Caja: El Aporte Anual Del Estado O Auxilio Del Tesoro Nacional
Decreto 2661 de 1960 · Por el cual se dictan los estatutos de la Caja Previsión Social de Comunicaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.