Micelio

Artículo 15

Decreto 18670108 de 1867 · Reglamentando el Instituto Nacional de Ciencias y Artes y organizando la Academia anesa a él.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 15. El Secretario de la Academia, ademas de desempeñar las funciones que como a tal le corresponden segun el reglamento económico del Instituto, será profesor i tendrá su cargo la clase de física; llevará los libros de la contabilidad del establecimiento por el sistema de partida doble; guardará los fondos especiales del Instituto, si los hubiere; recaudará las cantidades jiradas contra la Tesorería jenereal, i hará los pagos que ordenare el Director, sin cuya órden escrita no será permitido satisfacer ningun gasto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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