Micelio

Artículo 1

Decreto 1414 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 13 de la Ley 584 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los representantes legales de las entidades públicas de todas las Ramas del Estado, sus órganos autónomos y sus organismos de control, la organización electoral, las universidades públicas, las entidades descentralizadas y demás entidades y dependencias públicas del orden nacional, departamental, distrital y municipal, deberán otorgar a los servidores públicos afiliados a la Central Unitaria de Trabajadores -CUT-, permiso remunerado en los términos del artículo 13 de la Ley 584 de 2000 y del Decreto 2813 del mismo año, para participar en las elecciones del Comité Ejecutivo de dicha organización, las cuales se llevarán a cabo el día 30 de mayo del presente año.

Parágrafo

Cada organismo o entidad determinará el procedimiento a seguir para el otorgamiento de dicho permiso, de manera que no se vaya a ver afectada la prestación del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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