Micelio

Artículo 1

Ley 168 de 1948 · Por la cual se reforma el Decreto número 1470 de 16 de junio de 1945, del Ministerio de Hacienda, sobre emolumentos u honorarios de los Notarios de la República y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los derechos, emolumentos u honorarios que perciban los Notarios, de conformidad con el Artículo 1o del Decreto número 1470 de 1945, se aumentan en un ciento por ciento (100%) para los actos y contratos de cuantía indeterminada o que valgan más de quinientos pesos ($ 500).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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