Micelio

Artículo 181

Quien Conduzca Un Vehículo Automotor De Clase No Autorizada En Su Licencia De Conducción O Sin Dar Cumplimiento A Las Restricciones En Ella Establecidas, Incurrirá En Multa Equivalente A Diez (10) Salarios Mínimos

Decreto 1344 de 1970 · Por el cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quien conduzca un vehículo automotor de clase no autorizada en su licencia de conducción o sin dar cumplimiento a las restricciones en ella establecidas, incurrirá en multa equivalente a diez (10) salarios mínimos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2002
    C-1081/02Constitucionalidad · «Numeral 1»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 1344 de 1970