Micelio

Artículo 35

Sistema De Calificación

Decreto 2338 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sistema de calificación. En todos los cursos de que trata el presente Estatuto con excepción de el de Academia Superior de Policía, el sistema de calificación será numérico; las calificaciones se tomarán en su exacto valor hasta las centésimas inclusive; y para aprobarlo se requiere que ninguna nota sea inferior a sesenta sobre cien (60/100) en cada una de las materias que conforman los programas de instrucción. Quienes en el curso de Academia Superior de Policía, obtengan un cómputo general mínimo de ochenta sobre cien (80/100) Y nota no inferior a setenta sobre cien (70/100) en cada una de las materias que conformen el programa de instrucción, optarán el título de Oficiales Diplomados en la Academia Superior de Policía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2338 de 1971