Las dependencias administrativas de la instituciones universitarias y tecnológicas de carácter oficial, se denominarán vice-rectorías o direcciones administrativas, a las cuales pertenecerán las divisiones, las que se podrán subdividir en secciones y éstas a su vez en grupos.
Decreto 1072 de 1980 →Vigente
Artículo 12
Las Dependencias Administrativas De La Instituciones Universitarias Y Tecnológicas De Carácter Oficial, Se Denominarán Vice-Rectorías O Direcciones Administrativas, A Las Cuales Pertenecerán Las Divisiones, Las Que Se Podrán Subdividir En Secciones Y Éstas A Su Vez En Grupos
Decreto 1072 de 1980 · Por el cual se reglamentan los artículos 68 y 71 del Decreto extraordinario 80 de 1980, sobre organización interna de las Instituciones Oficiales Universitarias y Tecnológicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.