Ley 58 de 1981 · por la cual se dictan normas y requisitos para crear, suprimir y funcionar juzgados y empleos subalternos en las oficinas judiciales, determinar el área territorial de los distritos y circuitos y fijar, por razón de la cuantía la competencia de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, de los Tribunales y Juzgados.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para la determinación del área territorial de los distritos y circuitos judiciales se tendrán en cuenta los siguientes factores:
1.
Información y solicitudes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Sala de Gobierno de los diferentes Tribunales Superiores del Distrito Judicial y el Tribunal Superior de Aduanas.
2.
Densidad de población de las respectivas Divisiones Territoriales Judiciales.
3.
Vecindad geográfica y facilidad de medios de comunicación.
4.
Datos estadísticos sobre el volumen de negocios e índices de su movimiento.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.