Art. 33. La disposición contenida en el artículo 42 de la Ley 95 de 1890 es aplicable al caso del embargo preventivo de que trata esta Ley.
actuación
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 33. La disposición contenida en el artículo 42 de la Ley 95 de 1890 es aplicable al caso del embargo preventivo de que trata esta Ley.
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.