Micelio

Artículo 2

O

Decreto 1675 de 1991 · por el cual se autoriza el funcionamiento de Zonas Francas Transitorias en el recinto del Centro de Exposiciones y Convenciones de Medellín S.A., para eventos de carácter internacional.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2o . Areas de jurisdicción . La Zona Franca de carácter transitorio, que autoriza el presente Decreto, tendrá por área de jurisdicción los terrenos que físicamente se identifican a continuación: El Centro de Exposiciones y Convenciones de Medellín, S.A. está situado en el sector denominado La Alpujarra de la ciudad de Medellín, en el trayecto comprendido entre la calle 33-37 o Tomás Carrasquilla, por el Sur, y la calle 41 por el Norte; y entre la Avenida Derecha del Río Medellín, por el Oeste, y la Avenida Alfonso López o Avenida del Ferrocarril por el Este; inmueble que queda singularizado por los siguientes linderos: "por el Norte, en línea quebrada, en doscientos sesenta metros con sesenta y cinco centímetros (260.65 m), parte con la prolongación de la calle cuarenta y uno (41), y parte con inmueble de propiedad de los sucesores de Francisco Uribe; por el Sur, en trescientos ochenta y tres metros con veinte centímetros (383.20 m), así: parte, en línea curva, con las futuras vías de acceso a la glorieta de la Avenida treinta y tres y treinta y siete (33/37), y parte, en línea quebrada, con inmueble de propiedad de Agenciauto Ltda., por el Oriente en doscientos cuarenta y seis metros con seis centímetros (246.06 m) en línea recta, con la Avenida Alfonso López o Avenida del Ferrocarril; y por el Occidente, en ciento treinta y cinco metros con cincuenta centímetros (135.50 m) en línea recta, la Avenida Oriental o futura Avenida Derecha del Río Medellín. CAPITULO I. Definiciones

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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