º . Publicación. El Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero publicará mensualmente en su sede, en un diario de amplia circulación local y en otro de amplia circulación nacional, un aviso con la siguiente información, referida a quienes soliciten los beneficios alegando la calidad de poseedores durante el mes inmediatamente anterior a la fecha de publicación
Señalamiento expreso de la calidad de poseedor alegada por los solicitantes;
Identificación de los inmuebles sobre los cuales se alega la posesión, con indicación del barrio, sector y manzana donde se ubican, y el número de matrícula inmobiliaria si se conociere;
La advertencia a quienes se crean con mejores derechos que el solicitante, en el sentido de poder hacerse parte en la actuación en los términos del artículo 4º del presente decreto;
La advertencia de la previsión contenida en el
del artículo 1º del presente decreto.