º En las licitaciones o concursos en que participen personas naturales o jurídicas extranjeras, se aplicará a las ofertas de los colombianos un margen de preferencia del veinte por ciento (20%) sobre el valor total de la oferta, durante el año de 1986.
Decreto 1508 de 1986 →Vigente
Artículo 1
º En Las Licitaciones O Concursos En Que Participen Personas Naturales O Jurídicas Extranjeras, Se Aplicará A Las Ofertas De Los Colombianos Un Margen De Preferencia Del Veinte Por Ciento (20%) Sobre El Valor Total De La Oferta, Durante El Año De 1986
Decreto 1508 de 1986 · Por el cual se fija el margen de preferencia a las ofertas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.