Micelio

Artículo 1

Ley 25 de 1928 · Reformatoria de la Ley 130 de 1913

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Tribunales Seccionales de lo Contencioso Administrativo son catorce, cuyas denominaciones, territorio de su jurisdicción y lugar de su residencia se expresan en seguida:

a)

Tribunal Administrativo de Barranquilla, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Atlántico;

b)

Tribunal Administrativo de Bogotá, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Cundinamarca, Intendencia Nacional del Meta y Comisarias del Vaupés y Vichada;

c)

Tribunal Administrativo de Bucaramanga, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Santander.

d)

Tribunal Administrativo de Cali, con residencia en la ciudad del mismo y con jurisdicción en el Departamento del Valle y la Intendencia del Choco;

e)

Tribunal Administrativo de Cartagena, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Bolívar, Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia y Comisaria de Jurado;

f)

Tribunal Administrativo de Cúcuta, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Norte de Santander;

g)

Tribunal Administrativo de Ibagué, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Tolima;

h)

Tribunal Administrativo de Manizales, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Caldas;

i)

Tribunal Administrativo de Medellín, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en Departamento de Antioquia;

j)

Tribunal Administrativo de Neiva, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Huila y Comisaria del Caquetá;

k)

Tribunal Administrativo de Pasto, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Nariño y Comisaria del Putumayo y Amazonas, si llegare a crearse esta;

l)

Tribunal Administrativo de Popayán, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Cauca;

ll) Tribunal Administrativo de Santa Marta, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Magdalena y Comisaria de la Guajira; y m) Tribunal Administrativo de Tunja, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Boyacá y en la Comisaria de Arauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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