Micelio

Artículo IV

Ley 24 de 1980 · por medio de la cual se aprueba el "Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República Peruana", firmado en Lima el 30 de marzo de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO IV

Las Partes Contratantes otorgarán a los expertos y técnicos que reciban de la otra Parte, en cumplimiento de los proyectos de cooperación, los privilegios y facilidades necesarias para el cumplimiento de sus funciones de conformidad con la práctica existente para la cooperación técnica bilateral y con la legislación interna vigente en cada una de ellas, teniendo en cuenta el régimen de la más estricta reciprocidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1980