Micelio

Artículo 22

De La Prohibición Del Funcionamiento De Establecimientos Sin Requisitos Sanitarios

Decreto 1601 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V y VII de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Sanidad Portuaria y Vigilancia Epidemiológica en naves y vehículos terrestres

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Prohibición del funcionamiento de establecimientos sin requisitos sanitarios . Prohibese la instalación y funcionamiento de casetas, kioskos o similares en el interior y en los alrededores de los terminales portuarios, cuando no reunan los requisitos higiénico-sanitarios exigidos por las autoridades sanitarias. En ningún momento se permitirán puestos fijos ni ambulantes para preparación o venta de alimentos. ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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