Micelio

Artículo 18

Forma Y Requisitos De La Contestación De La Demanda

Ley 712 de 2001 · por la cual se reforma el Código Procesal del Trabajo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 31 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social quedará así:

Artículo 31 . Forma y requisitos de la contestación de la demanda . La contestación de la demanda contendrá:

1.

El nombre del demandado, su domicilio y dirección; los de su representante o su apoderado en caso de no comparecer por sí mismo.

2.

Un pronunciamiento expreso sobre las pretensiones.

3.

Un pronunciamiento expreso y concreto sobre cada uno de los hechos de la demanda, indicando los que se admiten, los que se niegan y los que no le constan. En los dos últimos casos manifestará las razones de su respuesta. Si no lo hiciere así, se tendrá como probado el respectivo hecho o hechos.

4.

Los hechos, fundamentos y razones de derecho de su defensa.

5.

La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba, y

6.

Las excepciones que pretenda hacer valer debidamente fundamentadas.

Parágrafo 1

. La contestación de la demanda deberá ir acompañada de los siguientes anexos:

1.

El poder, si no obra en el expediente.

2.

Las pruebas documentales pedidas en la contestación de la demanda y los documentos relacionados en la demanda, que se encuentren en su poder.

3.

Las pruebas anticipadas que se encuentren en su poder, y

4.

La prueba de su existencia y representación legal, si es una persona jurídica de derecho privado.

Parágrafo 2

. La falta de contestación de la demanda dentro del término legal se tendrá como indicio grave en contra del demandado.

Parágrafo 3

. Cuando la contestación de la demanda no reúna los requisitos de este artículo o no esté acompañada de los anexos, el juez le señalará los defectos de que ella adolezca para que el demandado los subsane en el término de cinco (5) días, si no lo hiciere se tendrá por no contestada en los términos del parágrafo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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