Micelio

Artículo 1

Decreto 510 de 1906 · por el cual se crean dos Oficinas en el Ramo postal y telegráfico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Creanse las oficinas postales y telegráficas de San José, Departamento del Cauca y Sutamarchan, Departamento de Boyacá cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro: Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 510 de 1906