Las autoridades judiciales, administrativas y de policía, comunicarán al Departamento Administrativo de Seguridad. DAS, y al Ministerio de Relaciones Exteriores, la iniciación de procesos contra extranjeros, los cambios de radicación y el fallo correspondiente. Así mismo, el Ministerio de Justicia comunicará sobre la expedición de resoluciones de extradición. Los directores de centros carcelarios comunicarán al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, el ingreso o salida de extranjeros del centro carcelario respectivo.
Decreto 2371 de 1996 →Vigente
Artículo 176
Las Autoridades Judiciales, Administrativas Y De Policía, Comunicarán Al Departamento Administrativo De Seguridad
Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.