Micelio

Artículo 817

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El ejecutante tiene derecho para hacerse parte en todo juicio en que persiga directamente, o como consecuencia de una acción de nulidad, rescisión, resolución o revocación de un acto o contrato, a su deudor por cosa que tenga embargada en juicio ejecutivo.

También puede hacerse parte en los juicios del ejecutado contra terceros, cuando tenga embargado el respectivo derecho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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