° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente : MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS . Departamento del Cauca. Capítulo 91 : Del artículo 1664. Para la construcción de la casa consistorial de El Tambo, Ley 69 de 1940 $ 10.000.00 Del artículo 1740. Para obras públicas en el Municipio de Santander, Cauca 2.000.00 Departamento de Bolívar. Capítulo 91 . Del artículo 1687. Para el Hotel del Caribe, de Cartagena 6.000.00 Partida con destinación general. Capítulo 80. Del artículo 1460. Para atender a los gastos que ocasiones la administración y mecanización del control administrativo, de la adquisición, manejo y existencias de elementos y enseres de las obras y dependencias del Ministerio, en el año 15.000.00 Suman los contracréditos $ 33.000.00 Departamento del Cauca. Capítulo 91 . El artículo 1654-A. Para continuar la construcción del edificio para la Escuela Normal de Popayán. 12.000.00 Departamento de Bolívar. Capítulo 93 . Al artículo 1761. Para conservación, sostenimiento, mejoras y otros gastos de los monumentos históricos de Cartagena 6.000.00 Partidas con destinación general. Capítulo 80 . Al artículo 1455. Para gastos de reparaciones y repuestos del equipo mecánico de las oficinas, gastos de conservación y reparación del mobiliario, útiles de escritorio, material y demás gastos similares del Ministerio, en el año 4.000.00 Al artículo 1456. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Ministerio en comisiones oficiales, incluyendo los gastos por los mismos conceptos para el personal de Visitadores de Contabilidad y Almacenes de la Sección 2ª, en el año 5.000.00 Al artículo 1459. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio, en el año 3.000.00 Capítulo 93 . Al artículo 1763. Para el pago de cuentas de vigencias anteriores Suman los créditos 3.000.00 $ 33.000.00
Decreto 1352 de 1944 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente : Ministro De Obras Publicas
Decreto 1352 de 1944 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.