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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente : Ministro De Obras Publicas

Decreto 1352 de 1944 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente : MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS . Departamento del Cauca. Capítulo 91 : Del artículo 1664. Para la construcción de la casa consistorial de El Tambo, Ley 69 de 1940 $ 10.000.00 Del artículo 1740. Para obras públicas en el Municipio de Santander, Cauca 2.000.00 Departamento de Bolívar. Capítulo 91 . Del artículo 1687. Para el Hotel del Caribe, de Cartagena 6.000.00 Partida con destinación general. Capítulo 80. Del artículo 1460. Para atender a los gastos que ocasiones la administración y mecanización del control administrativo, de la adquisición, manejo y existencias de elementos y enseres de las obras y dependencias del Ministerio, en el año 15.000.00 Suman los contracréditos $ 33.000.00 Departamento del Cauca. Capítulo 91 . El artículo 1654-A. Para continuar la construcción del edificio para la Escuela Normal de Popayán. 12.000.00 Departamento de Bolívar. Capítulo 93 . Al artículo 1761. Para conservación, sostenimiento, mejoras y otros gastos de los monumentos históricos de Cartagena 6.000.00 Partidas con destinación general. Capítulo 80 . Al artículo 1455. Para gastos de reparaciones y repuestos del equipo mecánico de las oficinas, gastos de conservación y reparación del mobiliario, útiles de escritorio, material y demás gastos similares del Ministerio, en el año 4.000.00 Al artículo 1456. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Ministerio en comisiones oficiales, incluyendo los gastos por los mismos conceptos para el personal de Visitadores de Contabilidad y Almacenes de la Sección 2ª, en el año 5.000.00 Al artículo 1459. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio, en el año 3.000.00 Capítulo 93 . Al artículo 1763. Para el pago de cuentas de vigencias anteriores Suman los créditos 3.000.00 $ 33.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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