El titular autorizado por la ANSN para llevar a cabo prácticas médicas, será responsable de asegurar que a ningún paciente se le administre una exposición de diagnóstico o terapéutica a menos que la misma esté prescrita por un médico capacitado en protección radiológica que sea responsable de la tarea y tenga la obligación primordial de garantizar la protección radiológica y la seguridad del paciente en la prescripción de la exposición médica y durante su ejecución.
Los médicos con responsabilidades en materia de exposición médica tendrán la obligación de informar a los pacientes sobre los riesgos y beneficios de la radiación, en particular para pacientes embarazadas o en período de lactancia o pacientes pediátricos.
o. Los límites de dosis establecidos por la ANSN no se aplican a las exposiciones médicas. La ANSN publicará niveles de orientación para la exposición médica en conjunto con el Invima y el Ministerio de Salud.
o. En los casos de exposiciones médicas relacionadas con radiofármacos se requiere que estos provengan exclusivamente de proveedores autorizados por el Invima como las radiofarmacias registradas. De igual forma, el titular autorizado y los médicos mencionados en el presente artículo deben ejercer procesos de control de calidad sobre los radiofármacos que usan.