Prescribirán en diez años las acciones contra el que expida cheques de viajero. Las acciones contra el corresponsal que ponga en circulación el cheque prescribirán en cinco años.
NOTA: La Ley 1 de 1980 "Por la cual se crea el cheque fiscal y se dictan otras disposiciones relacionadas con la misma materia", adicionó el Libro 3o., Título III, Capítulo V, Sección 3, Subsección 3, del Código de comercio, con los siguientes artículos: