°. A partir del 1° de enero de 2006, reajústase el valor de la bonificación de actividad judicial, sin carácter salarial, de que tratan los Decretos 3131 y 3382 de 2005, así: Denominación del Cargo Valor Bonificación Semestral Juez Municipal $5.544.000 Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía. $5.544.000 Juez de Instrucción Penal Militar $5.544.000 Fiscal Delegado ante Juez Municipal y Promiscuo $4.355.020 Fiscal ante Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía. $5.544.000 Juez del Circuito $5.715.518 Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana. $5.715.518 Fiscal Delegado ante Juez del Circuito $4.185.569 Fiscal ante Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana. $5.715.518 Juez Penal del Circuito Especializado $6.213.048 Coordinador de Juzgado Penal del Circuito Especializado $6.213.048 Juez de Dirección o de Inspección $6.213.048 Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección $6.213.048 Procuradores Judiciales I, adscritos a las Procuradurías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia para la Casación e Investigación y Juzgamiento Penal. $6.213.048 Fiscal Delegado ante Juez Penal de Circuito Especializado $4.508.343 En las mismas condiciones, tendrán derecho a percibir esta bonificación de actividad judicial, los Procuradores Judiciales I que desempeñen el cargo y que actúen de manera permanente como Agentes del Ministerio Público ante los servidores que ocupan los empleos señalados en este artículo.
Decreto 403 de 2006 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 2006, Reajústase El Valor De La Bonificación De Actividad Judicial, Sin Carácter Salarial, De Que Tratan Los Decretos 3131 Y 3382 De 2005, Así: Denominación Del Cargo Valor Bonificación Semestral Juez Municipal $5
Decreto 403 de 2006 · por el cual se reajusta la bonificación de actividad judicial para jueces y fiscales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.