Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1148 de 1943 · Por le cual se dictan algunas disposiciones tendientes a prevenir la baja del cambio y contener el alza de precios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Banco de la República, previo concepto favorable del Ministerio de Haciendo y Crédito Público, podrá pagar antes de su vencimiento el total o parte de los certificados.

Parágrafo

Si por razón de las restricciones a que estuviere sometido el comercio de oro físico, el Banco de la República se viere imposibilitado para efectuar el pago de certificados en dicha especie, podrá hacerlo en cheques por dólares o moneda legal - a elección del tenedor - al precio que rija en la fecha de su presentación de los certificados para su pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1148 de 1943