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Artículo 8

Oficina Asesora De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones

Decreto 1203 de 2025 · por el cual se modifica la estructura de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, Casur, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones . Son funciones de la Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las comunicaciones

1.

Asesorar al Despacho del Director General en la planeación, implementación y evaluación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

2.

Articular los estándares definidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el sector público e implementar buenas prácticas, adoptando el Marco de Referencia de Arquitectura Empresarial del Estado colombiano (MRAE), aportando a la oferta de valor de la entidad, de cara a los afiliados y sus beneficiarios.

3.

Formular, divulgar, ejecutar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (PETI), alineado al Modelo de Operación por Procesos de la entidad, así como los demás planes, programas y proyectos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

4.

Identificar las necesidades o requerimientos estratégicos en materia de Tecnologías de la información y las Comunicaciones; brindando soporte permanente, asistencia técnica y tecnológica, de acuerdo con las políticas de Gobierno Digital y Seguridad Digital.

5.

Implementar los lineamientos del modelo de seguridad y privacidad de la información (MSPI), con el fin de mitigar los riesgos de afectación o pérdida de los activos de información de la entidad.

6.

Elaborar e implementar el plan de continuidad tecnológico del negocio de la entidad, alineado al Plan del Sector Defensa, realizando seguimiento, medición, análisis y evaluación.

7.

Asistir al Despacho del Director General de la entidad en la materialización de los planes, programas y proyectos donde se requiera la inclusión de herramientas TIC.

8.

Administrar, desarrollar, mantener y controlar los sistemas de información de la entidad.

9.

Definir los lineamientos y políticas para salvaguardar y hacer seguimiento a las bases de datos y demás activos informáticos de la entidad, en calidad de custodio o propietario, con el fin de garantizar su confiabilidad, integridad y disponibilidad.

10.

Poner en marcha los programas estratégicos e iniciativas sectoriales en materia de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, emanados por el Ministerio de las TIC, el DAFP y demás entidades competentes.

11.

Mantener en óptimo estado de funcionamiento la infraestructura informática y de comunicaciones de la entidad.

12.

Gestionar y coordinar esfuerzos con entidades intersectoriales y del sector privado, para adoptar buenas prácticas en materia de ciberseguridad.

13.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la entidad.

14.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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