Artículo primero. Las alteraciones en la prestación del servicio público de transporte o de sus tarifas, serán sancionadas con arreado al presente Decreto, por el Instituto Nacional del Transporte o por la entidad en la cual se deleguen estas funciones.
Decreto 2624 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2624 de 1983 · Por el cual se toman unas medidas en materia de servicio público de transporte y se deroga el Decreto 1459 de 1974.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.