Artículo primero. El Gobierno de Colombia rinde tributo de gratitud y admiración a la noble figura del General Daniel Florencio O'Leary, que militó con honor y valentía al lado del Libertador, de quien recibió las mejores pruebas de aprecio y de confianza; se asocia a las ceremonias conmemorativas del primer centenario de su muerte, y dispone: 1° Celebrar solemnes funerales en su memoria en el Panteón de los Próceres, el día 24 de febrero de 1954; 2° Acuñar una medalla conmemorativa con la efigie del Prócer Colombiano y Diplomático Británico, que se repartirá, por el Ministerio de Guerra. a los Comandos de las Fuerzas Armadas; por el Ministerio de relaciones Exteriores a las Misiones Diplomáticas acreditadas ante el Gobierno de Colombia y a las Misiones Diplomáticas acreditadas en el Exterior, y por la Academia Colombiana de Historia y por la Sociedad Bolivariana de Colombia, a los centros culturales de su misma índole.
Decreto 324 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Decreto 324 de 1954 · Por el cual la Nación se asocia a la conmemoración del primer centenario de lamuerte del General Daniel Florencio O'Leary
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.