ANEXOS PARA EL REGISTRO. Deberá presentarse para el registro de los contratos de fletamento o arrendamiento de naves el original y la copia del respectivo contrato debidamente firmados. El original con la constancia de registro será devuelto solamente al armador o al corredor interesado.
Decreto 2451 de 1986 →Vigente
Artículo 43
Decreto 2451 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Código de Comercio (Decreto-ley 410 de 1971) y el Decreto-ley 2324 de 1984, sobre transporte marítimo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.