Micelio

Artículo 2

El Ingeniero Jefe Residirá En Barranquilla Y Los Ingenieros Para Dragas Residirán En Ellas, O En Los Campamentos Respectivos: Y Si En Desempeño De Sus Funciones Oficiales Tuvieren Que Salir Fuera De Dichas Residencias, Se Les Reconocerán Viáticos Por Medio De Resoluciones Que Expedirá El Ministerio De Obras Públicas

Decreto 520 de 1947 · Por el cual se señala el personal y las asignaciones de la Sección de Dragados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ingeniero Jefe residirá en Barranquilla y los Ingenieros para dragas residirán en ellas, o en los campamentos respectivos: y si en desempeño de sus funciones oficiales tuvieren que salir fuera de dichas residencias, se les reconocerán viáticos por medio de resoluciones que expedirá el Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 520 de 1947