Efectos de la Interoperabilidad de los Sistemas de Información. La información generada a partir de la interoperabilidad ordenada por la presente ley, permitirá a las autoridades poner en marcha de manera integral y diferencial, las acciones y estrategias encaminadas a luchar contra la deforestación, sin perjuicio de los casos en que corresponda del uso de la acción penal, la acción policiva y las acciones sancionatorias ambientales y sanitarias.
Asimismo, permitirá a las entidades reguladas por el artículo 11 de la presente ley, implementar las políticas de debida diligencia que les corresponden para prevenir la deforestación.
La identificación de Zonas de Alta Vigilancia en Núcleos Activos de Deforestación, no constituirá por sí sola causal de exclusión de mercados, rechazo de guías de movilización, suspensión de crédito agropecuario ni negativa de certificaciones existentes.