Micelio

Artículo 5

Mientras Se Elige E Instala El Concejo Municipal De La Primavera, Corresponderá Al Respectivo Alcalde Municipal, La Designación En Interinidad De Los Funcionarios Que Por Ley Corresponda Designar A Dicha Corporación, Previa Consulta Al Departamento Administrativo De Intendencias Y Comisarías; Y A Este Departamento, La Adopción De Las Medidas Relativas A La Expedición Del Presupuesto De Rentas Y Gastos De Dicho Municipio Y Las Demás Propias De Aquella Corporación Que Resulten Necesarias En Orden A La Buena Administración De Ese Municipio

Decreto 676 de 1987 · por el cual se crea el Municipio de la Primavera en la Comisaria Especial del Vichada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Mientras se elige e instala el Concejo Municipal de La Primavera, corresponderá al respectivo Alcalde Municipal, la designación en interinidad de los funcionarios que por ley corresponda designar a dicha Corporación, previa consulta al Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías; y a este Departamento, la adopción de las medidas relativas a la expedición del presupuesto de rentas y gastos de dicho municipio y las demás propias de aquella Corporación que resulten necesarias en orden a la buena administración de ese municipio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 676 de 1987