Micelio

Artículo 17

Inclusión De Alimentos Propios En Programas Estatales

Decreto 981 de 2026 · Por el cual se establece e implementa la Política de la Niñez Indígena como la política de Infancia y Adolescencia para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El ICBF en coordinación con las estructuras de gobierno propio, establecerán los protocolos para la inclusión de alimentos propios en los programas de atención a la niñez indígena, fortaleciendo prácticas que promuevan la seguridad y soberanía alimentaria para la niñez, juventud y sus familias, y la promoción del Derecho Humano a la alimentación Adecuada.

Parágrafo

la alimentación propia en el ámbito educativo se regirá por las disposiciones del Decreto ley 481 de 2025.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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