ARTICULO 147 . La ordenación del gasto en lo referente a los Servicios Personales se regirá por las siguientes normas
Para el pago de los salarios y demás emolumentos que han de percibir los servidores de la Fiscalía, conforme a las disposiciones legales vigentes en esta materia, la Divisi6n Administrativa verificará que el cargo esté contemplado en la planta de personal, que el funcionario esté debidamente posesionado y haya prestado el correspondiente servicio;
El pago de prestaciones y demás gastos de personal no previstos en el literal anterior, y las transferencias, se regulan por las normas legales vigentes y las que sobre la materia se prescriben en este Decreto.