Control fiscal. El control fiscal sobre los recursos del Fondo de Servicios Docentes se efectuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley, los reglamentos y por las contralorías respectivas. Los responsables de la administración del Fondo responderán, por ello conforme a las normas vigentes en esta materia.
Decreto 1857 de 1994 →Vigente
Artículo 12
Control Fiscal
Decreto 1857 de 1994 · por el cual se establecen las normas generales para el funcionamiento de los Fondos de Servicios Docentes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.