Adiciónese el artículo 6A a la Ley 2165 de 2021, el cual quedará así:
Artículo. 6A. Estructura Básica . El Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos (CAEL), tendrá como máximo órgano de Gobierno y Administración la Mesa Directiva del Congreso de la República y como órgano de Dirección y Ejecución la Secretaría General del Senado de la República o quien sea designado o vinculado según disposición de la Mesa Directiva del Congreso de la República. El Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos (CAEL), tendrá para el desarrollo de sus objetivos misionales además de los anteriores órganos, las siguientes subdirecciones: 1) jurídica, 2) Investigación académica y científica, 3) Control interno, 4) desarrollo tecnológico e innovación, 5) relaciones internacionales, 6) administrativa y financiera, 7) formación, capacitación, prácticas, pasantías, y judicaturas, y 8) publicaciones y comunicaciones.
La Mesa Directiva del Congreso de la República, a través de la Dirección del Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos (CAEL), podrá complementar esta estructura, con equipos de trabajo, unidades especializadas o departamentos y similares desde apoyos profesionales y técnicos, además podrá hacer esto con acuerdos técnicos de cooperación y colaboración interinstitucionales públicos y privados, según las necesidades del servicio.