Micelio

Artículo 4

Ley 95 de 1959 · Por la cual se ordena la celebración del sesquicentenario de la Independencia Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el fin de dar cumplimiento a la presente Ley, autorizase al Gobierno Nacional para hacer los traslados o abrir los créditos necesarios hasta por La cuantía de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00), que se incluirán en los Presupuestos de la presente vigencia y de la de 1960.

Igualmente se autoriza al Gobierno para que, con concepto favorable de la Comisión Organizadora, distribuya la suma mencionada de acuerdo con los presupuestos do las diferentes obras, actos y servicios a que se refiere esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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