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Artículo 4

º El Artículo 52 Del Decreto - Ley 2335 De 1971, Quedará Así: Artículo 52 De La Division De Informatica

Decreto 2700 de 1988 · Por el cual se modifica el Decreto Ley número 2335 de 1971, reorganico del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4 º El artículo 52 del Decreto - ley 2335 de 1971, quedará así: Artículo 52 DE LA DIVISION DE INFORMATICA. Son funciones de la División de Informática las siguientes

a)

Diseñar e implementar los sistemas de información que requieran las diferentes unidades orgánicas del Ministerio de Defensa.

b)

Diseñar, implementar y mantener la auditoría de sistemas en el procesamiento electrónico de datos.

c)

Asesorar en el diseño, planeamiento y desarrollo de aplicaciones y en el montaje de los equipos de procesamiento de datos que requieran los organismos del Sector Defensa.

d)

Participar en la creación y mantenimiento de las bases de datos que requiera la Dirección Superior del Ministerio.

e)

Suministrar el servicio de equipo de cómputo a los usuarios del Sector Defensa.

f)

Mantener y controlar el paquete de automatización de las dependencias del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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