Micelio

Artículo 5

Decreto 478 de 1968 · por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 002 de 1968 (febrero 20), originario del Consejo Intendencial del Caquetá, sobre cargos, asignaciones civiles y gastos de representación del personal de empleados de la Intendencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El cargo de Médico Legista es de tiempo completo y sus servicios deben prestarse en los diferentes sitios de la Intendencia en que sea necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 478 de 1968