Art. 5.° En los términos de la presente quedan reformadas las citadas leyes orgánicas del poder judicial de la Union, i derogado espresamente el articulo 17 de la lei de 29 de mayo de 1864, sobre bienes desamortizados.
Ley 18660512 de 1866 →Vigente
Artículo 17
Ley 18660512 de 1866 · adicional i reformatoria de las orgánicas del poder judicial de la Union
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.